domingo, 15 de agosto de 2021

El pasaporte Covid para interiores no pasa el filtro de la Justicia en España, pero sí en Francia o Italia

 


 

  • Los TSJ de Galicia, Canarias, Cantabria, Andalucía y Melilla han tumbado la medida por distintos motivos

  • En Francia e Italia, por ejemplo, sí que se ha implantado e incluso se ha avalado la vacunación obligatoria para distintos sectores

  • El Supremo no se ha tenido que pronunciar porque no le han llegado recursos sobre este asunto, de momento

 

El pasaporte Covid para entrar al interior de los locales de hostelería no ha resistido ningún filtro judicial en nuestro país. El último bastión del documento que controlaba el acceso al interior de restaurantes y demás ha caído. Este jueves, TSJ de Galicia tumbaba la medida, para alegría de los hosteleros que durante las tres semanas que estuvo vigente,  protestaron con el argumento de que ellos no son policías.

Aunque al principio hubo decisiones contradictorias, finalmente ni Galicia, ni Andalucía, ni Melilla, ni Cantabria, ni Canarias han podido aplicar la restricción. El pasaporte Covid para interiores obliga a los ciudadanos que quieren entrar a locales de ocio a presentar certificados de vacunación o pruebas PCR con resultado negativo hechas en las últimas horas. 

Las respuestas judiciales en España no tienen nada que ver con la que ha dado la Justicia francesa, donde el Consejo Constitucional lo ha avalado  y está en vigor desde el 9 de agosto. Antes que Francia, fue el Gobierno Italiano el que introdujo ese documento en la vida diaria de sus ciudadanos. 

Hasta ahora, el Supremo no ha emitido ningún auto sobre esta medida, porque  a la Sala III no ha llegado ningún recurso contra los rechazos judiciales. El Alto Tribunal, que sí se ha pronunciado sobre otras restricciones, considera que las comunidades autónomas pueden tomar medidas que limiten derechos aunque no haya estado de alarma. Eso sí, para hacerlo, las medidas tienen que estar muy justificadas.  

 


¿Pero Galicia no lo había avalado?

En realidad, no. Galicia sólo rechazó una suspensión cautelar solicitada por los hosteleros contra la medida de la Xunta porque no vio razones de urgencia para echarla abajo. Ha sido ahora, al entrar en el fondo de la cuestión, cuando ha vertido un jarro de agua fría sobre el Gobierno de Núñez Feijóo que implantó el pasaporte Covid sin pasar por el preceptivo filtro judicial. 

En su auto, los jueces explican que el Ejecutivo gallego envió para su revisión otras medidas como la limitación a las reuniones, pero no la orden por la que se exigía el certificado.

Fuera por descuido de la Xunta, o no lo fuera, la medida queda sin efecto en la única comunidad -aparte de Canarias- donde ha estado en vigor. 

 

¿Qué pasó en otras Comunidades?

  • Canarias y Cantabria: la medida tampoco consiguió el visto bueno de la Justicia, de manera cautelar. En los dos casos se aceptaron los recursos de los hosteleros que pidieron que se suspendieran esa y otras medidas impuestas durante el verano.
  • Andalucía y Melilla: el rechazo de los jueces fue de plano y no de manera cautelar. Cuando el Ejecutivo de Juanma Moreno preguntó al TSJ por la aplicación de la medida, la respuesta fue un rotundo "no", también dirigido a Melilla, porque la ciudad autónoma depende del mismo Tribunal Superior de Justicia. 

 

¿Algún tribunal ha entrado en el fondo de la cuestión?

Sí, el TSJ de Andalucía, Ceuta y Melilla analizó la medida en profundidad. Los jueces consideraron que la restricción afecta al derecho de la intimidad y al de discriminación.

  • Afecta al derecho a la intimidad por poner en manos de los hosteleros datos sanitarios. "en cuanto implica la necesidad de mostrar datos relacionados con la salud, considerados, de acuerdo con la normativa europea, como de carácter sensible".
  • Es discriminatorio con respecto a las personas que no poseen el certificado. 
  • No ayuda a prevenir los contagios e incluso puede propiciarlos, porque entiende que si las personas que han sido vacunadas o han padecido la enfermedad, a pesar de haber desarrollado inmunidad frente al virus, "pueden ser potenciales transmisores del mismo, no se acierta a comprender cómo se evitará el posible contagio de quienes hayan accedido al local amparados en la presentación de un justificante por la realización de una PCR o un test de antígeno, que solo acredita que en el momento de su realización no eran portadores del virus activo, pero no que gocen de inmunización alguna frente a éste".
  • Tampoco la consideraron lo bastante justificada, y explicaron que para una medida de este tipo debe haber una justificación "muy superior a lo normal" y se debería acreditar que la quinta "ola tiene su origen, precisamente en los locales de ocio nocturno", algo que a sus ojos no se argumentó. 

 

Para qué hace falta en Italia y en Francia

En Italia, hay que acreditar que se tiene una dosis de la vacuna, un certificado de contagio o un test de antígenos de las últimas 48 horas para las siguientes actividades o lugares: 

  • Escuela: los profesores tendrán que tenerlo. 
  • Medios de transporte de larga distancia. 
  • Interior de restaurantes. 
  • Gimnasio u otros centros deportivos cerrados. 
  • Museos. 
  • Si no se tiene, se pude pedir la devolución de la entrada adquirida para acceder al lugar. 

 

En Francia, el Consejo Constitucional, equivalente a nuestro Tribunal Constitucional, avaló el documento para: 

  • Hospitales
  • Autobuses y trenes de larga distancia.
  • Restaurantes
  • Museos
  • Cines
  • Discotecas 

 

¿Es viable vacunación obligatoria para algunos sectores?

Medidas como el pasaporte Covid son para sus opositores una forma de convertir la vacunación en casi "obligatoria" para poder seguir haciendo una vida normal, aunque sea de la "nueva normalidad". En las últimas semanas, la negativa de algunos trabajadores de residencias de ancianos a vacunarse han reabierto el debate por la vacunación obligatoria. 

La quinta ola ha entrado de lleno en algunas residencias de ancianos, que en la primera fueron en gran foco del contagio de coronavirus con resultados altamente mortíferos. Ahora, algunos trabajadores sociosanitarios de residencias se niegan a vacunarse y el Gobierno y las Comunidades intentan ver vías para solucionar ese problema.

En nuestro país no se ha implantado la obligatoriedad de la vacuna, pero este mismo jueves, Sanidad abría la puerta a tomar otras medidas en el caso de esos trabajadores. Una sería hacer dos pruebas semanales a los no vacunados y otra evaluar un cambio de puesto de trabajo de forma temporal para que esas personas no tengan un contacto estrecho con los ancianos, los más vulnerables al virus hasta el momento. 

El Consejo Interterritorial de salud trabaja en ello, aunque por ahora no se ha tomado ninguna decisión definitiva. Eso sí, por ahora no se plantea la obligatoriedad de la vacuna.

La vacuna obligatoria difícilmente pasaría el filtro constitucional en España según distintos especialistas consultados, porque invade el derecho a la intimidad física y a la propia salud. No hay jurisprudencia porque el Gobierno en ningún momento lo ha planteado.  

 

¿Y qué pasa con las vacunas obligatorias en Francia y en Italia?

Italia fue el primer país en obligar a a vacunarse a médicos, enfermeros y farmacéuticos. Ahora ha dado un paso más que afecta a los profesores. No les obliga a vacunarse, pero si no presentan su certificado, pueden ser suspendidos de sus empleos, lo que en el fondo sí es una "obligación". 

En Francia, el Consejo Constitucional, también respaldó la vacunación obligatoria para el personal sanitario y otros profesionales en contacto estrecho con el público como camareros o bomberos. Sin embargo, se ha dejado fuera, pese a la intención del Gobierno galo, de hacer lo propio con los policías. 

 

TODA LA INFORMACION LO HE ENCONTRADO EN LA PÁGINA OFICIAL DE Nius

 


   Pirata Oscar 

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