miércoles, 7 de abril de 2021

Cómo será la vida en España a partir del 10 de mayo cuando se acabe el estado de alarma

 

 

  • Tras el fin del estado de alarma las CCAA sólo podrán adoptar "medidas ordinarias" en materia de sanidad

  • El fin del estado de alarma supondrá que se acaben tanto del cierre perimetral entre comunidades autónomas como el toque de queda

  • El 10 de mayo la pelota quedaría en el tejado de las comunidades y en el criterio de los diferentes Tribunales Superiores de Justicia

 

El día a día, tal y como lo estamos viviendo en este momento, va a cambiar a partir del 10 mayo. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez anunció este martes que su intención era que el 9 de mayo fuera el "punto y final" del estado de alarma, lo que supondrá el fin tanto del cierre perimetral entre comunidades autónomas como del toque de queda, ya que son restricciones que afectan a derechos fundamentales. 

Algunos expertos indican que a partir de ese 10 de mayo las comunidades autónomas, aunque se coordinen en el Consejo Interterritorial de Salud, volverán a la situación anterior al estado de alarma y por lo tanto sólo podrán adoptar "medidas ordinarias" en materia de sanidad. Es lo que sucedió durante el periodo de "nueva normalidad" en verano, cuando se puso fin al primer estado de alarma declarado el 14 de marzo.  

 

Por tanto, todas las medidas que se encuentran bajo el amparo del estado de alarma ya no serán efectivas. Esto supone que si las autonomías desea tomar iniciativas excepcionales a título propio deberán contar con la aprobación de los jueces. 

¿Cómo será la vida entonces, a partir del 10 de mayo?, ¿se podrá circular entre comunidades?, ¿se podrá estar en la calle hasta más de las 23 horas, que era la hora fijada en el estado de alarma?, ¿se podrá cambiar de provincia o se podrá cenar en una terraza más de seis personas? Vayamos por partes:

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Cierre perimetral

Los juristas indican que el cierre perimetral entre comunidades dejará de existir desde el 9 de mayo. Sí que podrá haber cierres perimetrales, pero serían siempre de zonas sanitarias, barrios o como mucho de ciudades, nunca de toda una comunidad autónoma. Además, esos cierres que se adoptarían por decreto tendrían que contar con el aval de los tribunales.

Las situaciones graves pueden llegar a limitar derechos fundamentales pero sólo en casos muy definidos e individualizados valiéndose de la Ley Orgánica de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública de 1986.

Dicha norma en su artículo tres señala que con el fin de controlar las enfermedades transmisibles, la autoridad sanitaria, además de realizar las acciones preventivas generales, podrá adoptar las medidas oportunas para el control de los enfermos, de las personas que estén o hayan estado en contacto con los mismos y del medio ambiente inmediato, así como las que se consideren necesarias en caso de riesgo de carácter transmisible.

No obstante, probablemente, para decretar un confinamiento perimetral o domiciliario de una comunidad entera sería necesario un estado de alarma parcial o total. "Implantar este tipo de medidas a la comunidad entera no sería muy normal. Si pensamos en una autonomía multiprovincial, parece que podría exceder de las competencias de la región. Hablamos, además de otra cosa, de impedir la libertad de movimientos en general por el territorio", señala la catedrática de Derecho Constitucional de la Universidad de Comillas ICADE Isabel Álvarez, que considera que las comunidades están perfectamente legitimadas para adoptar este tipo de decisiones, siempre que la autoridad judicial las ratifique, señalaba al diario 20 minutos.  

De hecho, ya hubo localidades que sufrieron un confinamiento sin que estuviese decretado el estado de alarma. Igualada fue el primer pueblo de España en sufrirlo. El 12 de marzo del año pasado, cuando el coronavirus todavía era una anécdota para la mayoría de catalanes, el Govern anunció el cierre perimetral de la Conca por un brote en el Hospital de Igualada. La declaración del estado de alarma en toda España no llegó hasta dos días más tarde. Así, los cuatro municipios que integran esta zona –Igualada, Santa Margarida de Montbui, Òdena y Vilanova del Camí–, que suman unos 70.000 habitantes, estuvieron solos en un principio a la hora de recibir el impacto de un confinamiento territorial.  

 

"Toque de queda"

A partir del 9 de mayo decaería la "limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno", entre las 23.00 y las 6.00 horas (que algunas comunidades han ido ampliando según necesidad), que está vigente en todo el territorio personal, salvo excepciones. Cada autonomía podrá decretar el horario nocturno de sus municipios si un juez lo valida.  

 

Limitación en reuniones

Se levantaría la actual limitación a reuniones sociales y familiares en espacios públicos y privados, que es de un máximo de seis personas no convivientes (hay comunidades que han llegado a reducir ese límite e incluso llegar a prohibir las reuniones). Además en el decreto de estado de alarma, que constan en el Real Decreto 926/2020, del 25 de octubre, también incluye el artículo 8; limitación a la permanencia de personas en lugares de culto. 

 

Hostelería

Los horarios de bares y restaurantes y el comercio sí dependerá de cada comunidad autónoma. De esta forma, se vuelve a la situación que se vivió el verano pasado, y que las administraciones autonómicas sí que podrían, por ejemplo, restringir horarios comerciales y de hostelería.

 

Mascarillas

Las mascarillas habrá que seguir llevándolas de manera obligatoria. El Boletín Oficial del estado (BOE)  publicaba hace unas semanas una ley que obliga a llevar el cubrebocas en cualquier espacio público, sin importar la distancia a la que se encuentre el resto de personas. El Ejecutivo ya ha actualizado su página web para incluir que la mascarilla es obligatoria "siempre". 

 

Medidas de Salud Pública 

Las asociaciones judiciales señalan también que las comunidades autónomas pueden ordenar restricciones por razones de salud pública, pero siempre que no afecten a los derechos fundamentales. Concepción Rodríguez, del Foro Judicial Independiente (FJI), recuerda que la limitación de la circulación y permanencia de personas en determinados lugares están incluidas entre las restricciones que reserva la ley de 1981 para el Estado de Alarma.

"Las medidas que pudieran adoptar las comunidades autónomas, en todo caso, no podrán ser como las actuales, para las que se precisa estado de alarma", dice María Jesús del Barco, de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM). Entre el pasado mes de julio y el actual estado de alarma se impusieron algunas normas en algunos territorios que fueron impugnadas ante los tribunales superiores de justicia que fueron validadas, pues debe estudiarse la proporcionalidad concreta de cada una de ellas.

Con esta opinión coinciden fuentes del Tribunal Constitucional que insisten en que, aunque es más complicado que existiendo un estado de alarma, las comunidades autónomas podrían adoptar algunas medidas con aprobación judicial, dadas sus competencias en sanidad. Las restricciones de movilidad en todo caso se podrán llevar cuando acabe el estado de alarma al Consejo Interterritorial de Salud.

Sánchez, ha defendido que las medidas que adopte este Consejo serán de obligado cumplimiento y ha recordado que así lo han decidido los tribunales cuando algunos grupos han presentado recurso contra sus decisiones. Y lo han manifestado, ha dicho "a través de cautelares y cautelarísimas. "La propia judicatura nos está dando una respuesta de que el Consejo Interterritorial, en todos los acuerdos que se enmarquen en él, puede contar con la validación de la Justicia", ha recalcado. 

 

Críticas al fin del estado de alarma

La presidenta de la Comunidad de Madrid y candidata del PP a la reelección, Isabel Díaz Ayuso, ha manifestado que "ha sido convocar elecciones y obrar el milagro" de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anuncie que el fin del estado de alarma será el 9 de mayo.

La Xunta de Galicia ha lamentado que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anuncie "una decisión trascendental" sobre el estado de alarma sin haber "contactado" previamente con las comunidades autonómicas, a las que afecta directamente.

Por su parte, el consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior, Elías Bendodo, ha calificado como "precipitado" el anuncio hecho por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, sobre la conclusión el 9 de mayo del estado de alarma para combatir la pandemia de Covid, una decisión que ha estimado adopta el Gobierno porque "vuelve a mirar con el prisma político en vez con el sanitario como hace Andalucía". 

 

Casi 10 meses en estado de alarma

El próximo 9 de mayo decaerá el último decreto de estado de alarma emitido por el Gobierno, para entonces, España habrá vivido casi 10 meses bajo esta situación después de que se decretara el confinamiento el 14 de marzo de 2020.

A ese primer decreto de alarma que estableció el confinamiento para todas las personas que no trabajaran en actividades esenciales le siguieron seis prórrogas, una cada quince días: 27 de marzo, 10 de abril, 24 de abril, 8 de mayo y 5 de junio. Y cada una de ellas salió adelante en el Parlamento con menor apoyo que la anterior. Vox solo apoyó la primera prórroga y el PP votó en contra en las dos últimas. Y la del 5 de junio salió adelante gracias a la abstención de ERC.

El segundo estado de alarma se puso en marcha el pasado 25 de octubre, y esa misma semana el Congreso aprobó ampliarlo hasta el 9 de mayo, condicionado a que el presidente acuda a la Cámara Baja cada dos meses a rendir cuentas sobre el mismo.  

 

TODA LA INFORMACION LO HE ENCONTRADO EN LA PÁGINA OFICIAL DE Nius

 


   Pirata Oscar 

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